Ley de emprendedores
TARIFAS REDUCIDAS “NUEVOS AUTONOMOS” MAYORES Y MENORES DE 30 AÑOS
TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA (tanto menores como mayores de 30 años)
Los requisitos es que causen alta inicial en AUTONOMOS y no contraten ningún trabajador.
EJEMPLO: “BASE MINIMA COTIZACION 2013” 256.72 €
REDUCCIONES:
80% de la cuota (abonan el 20% de la misma) durante los primeros 6 meses, es decir 51.34 €
50% de la cuota (abonan el 50% de la misma) durante los 6 meses siguientes, es decir 128.36 €
30% de la cuota (abonan el 70% de la misma) durante los 6 meses siguientes, es decir 179.70 €
NUEVOS AUTONOMOS CON GRADO DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33%
EJEMPLO: “BASE MINIMA COTIZACION 2013” 256.72 €
REDUCCIONES:
80% de la cuota (abonan sólo el 20%) durante 6 primeros meses desde el alta, es decir 51.34 €
50% de la cuota (abonan sólo el 50%) durante los 54 meses siguientes, es decir 128.36 €
Si es menor de 35 años, esta bonificación se alarga en el tiempo.
Estas medidas serán incompatibles con cualquier otra bonificación o reducción establecida.
PLURIACTIVIDAD:
EJEMPLO: “BASE MINIMA COTIZACION 2013” 256.72 €
Los trabajadores con alta inicial en el RETA, y alta en el Régimen General, puedan pagar únicamente entre el 50%-70% de la base mínima de cotización, siempre que la actividad por cuenta ajena supere el 50% de jornada, es decir 128.36 €-179.70 €.
Si la actividad por cuenta ajena es inferior al 50%, la deducción en la cuota del RETA será menor.
(ART. 28-29-30 DE LA Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores).
En caso de duda, consultemos